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Solicitar una Visado para España
en República Dominicana

Visado para Marinos en Transito

Visado de corta duración Schengen permite realizar viajes de turismo, de negocios, visitas familiares y estudios con una duración inferior a 90 días, así como tránsitos aeroportuarios o terrestres.

Estos visados habilitan para el tránsito o para estancias en el territorio de España y del resto de Estados Schengen.
Los ciudadanos dominicanos necesitan visado para entrar y permanecer en España. Para su concesión será necesario que cumplan con los requisitos de entrada en el Espacio Schengen.

Estimados solicitantes, Agentes de Viaje y Representantes, sírvanse leer con detenimiento las nuevas tasas y otros costes vigentes :

Duración Tasas en DOP
Visados Schengen 4,925.00 DOP
Menores de edad, de entre 6 y 12 años 2,463.00 DOP

El precio citado ha de ser pagado en efectivo.

Advertencia: La exención de la tasa para los menores de edad solo está prevista en caso de solicitud de visado de corta duración, siempre que el menor de edad tenga menos de seis años al tiempo de la entrega de la solicitud.

La tasa puede variar sin notificación previa.

Coste por el uso de BLS International Services

Las solicitudes presentadas en el Centro de Solicitud de Visados para España tendrán un coste por el servicio de 1,040.00 DOP, a abonar en efectivo. Los menores de 6 años están exentos del pago.

Advertencia:

  • La tasa aplicable en DOP se realiza de acuerdo al tipo de cambio vigente. La tasa puede variar sin notificación previa.
  • El pago no es reembolsable

Original y copia del formulario de solicitud de visado “Schengen”, debidamente cumplimentado.

Pasaporte con una vigencia mínima de 3 meses a partir de su salida del territorio Schengen, con al menos dos hojas en blanco y copia de todas las páginas incluyendo visados anteriores.

2 fotos 2 x 2 en fondo blanco, que serán tomadas en el centro de solicitudes conjuntamente a sus huellas dactilares.

Reserva de vuelo de ida y vuelta.

Copia de la cedula de identidad

Acreditar estar en posesión de los títulos de formación, legalmente establecidos y que se recogen en el anexo I del Código de Formación del Convenio STCW-2010.

Documentación que debe presentar: Carta de banco y movimientos de cuenta de los últimos 3 a 6 meses.

Carta de invitación de las agencias marítimas dirigidas a este Consulado y avalando dichas solicitudes. En el caso de ser agencias marítimas españolas, deberán hacer constar el nombre y la dirección de la agencia del país de origen del marino con la que colabora. En dicha carta, deberán aparecer los siguientes datos relativos a los marinos, en el caso de ser varios pueden relacionarse en un listado, debidamente firmado y sellado:

  1. Nombre y apellidos de los marinos.

  2. Nacionalidad

  3. Fecha y lugar de nacimiento

  4. Número, fecha de expedición y plazo de validez del pasaporte y de la libreta naval.

  5. Empleo del marino en el buque en el que embarcará

  6. Nombre y bandera del buque

  7. La fecha y el aeropuerto de entrada en España, o en su caso, en cualquier otro país cuya representación tenga otorgada España.

  8. Puerto marítimo de embarque en España, duración de la estancia de los marinos en el buque, puerto marítimo de desembarque de los marineros, fecha de regreso al país de origen de los marinos, itinerario que seguirán los marinos para viajar a España y para regresar a su país de origen.

Contrato de empleo debidamente firmado y sellado.

Certificado médico para marítimos expedido por el Instituto Social de la Marina, u órgano asimilado en R. Dominicana, que acredite que el interesado es apto para el embarque (conforme a la regla I/9 del anexo del Convenio STCW y la sección A-I/9 del código STCW).

Remisión a esta Oficina Consular por parte de las comisarías de los puestos fronterizos (aeropuertos y puertos marítimos) el impreso que figura en el ANEXO IX del Código de Visados (impreso para marinos en tránsito sujetos a la obligación de visado).

Pago de la Tasa Consular. Tabla de tasas detallada en la web

Para más información, así como para descargar el formulario, visite la “web” oficial del Consulado General de España: http://www.exteriores.gob.es/consulados/santodomingo

CITA PREVIA: 809-566-6450 / 8095663919

Correos electrónicos: feedback.esq@blshelpline.com / info.sdq@blshelpline.com

También podrá programar su cita a través del link: https://do.blsspainvisa.com/spanish/index.php

El Consulado podrá requerir al solicitante cualquier documentación adicional que considere necesario para la decisión sobre la concesión del visado.

*Los documentos deben presentarse en original y copia, cuando no se aporte el documento original deberá aportarse su copia compulsada. Todos los documentos tienen vigencia de tres (3) meses (salvo que el mismo documento indique un plazo menor).

*La concesión del visado no es un derecho del solicitante, cualquier desembolso realizado relacionado con los requisitos exigibles para la obtención de documentos y certificados no condiciona al Consulado su expedición.

*El Consulado realizará la evaluación del visado con la documentación presentada, será del interés del solicitante aportar toda aquella que crea necesaria para su concesión.

Advertencia: Sentimos no poder aceptar aquellas fotografías que no se ajusten a los requisitos siguientes

Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 3 meses de antigüedad), que no haya sido utilizada previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:

  • Ha de estar tomada de manera que se distingan los rasgos faciales y la cara contraste con el fondo.
  • Ha de ser clara y mostrar la cara enfocada.
  • Ha de estar impresa en papel de calidad fotográfica normal.
  • Ha de verse completamente la cara, sin sonreír, (sin gafas de sol, sombreros/gorras o cualquier aditamento que la cubra salvo que el solicitante lleve estos por razones religiosas o étnicas)
  • Ha de estar adherida a la solicitud.

Advertencia: Por favor siga estas instrucciones cuidadosamente. Las fotografías presentadas deben coincidir con la fotografía biométrica, de no tener similitud su aplicación será considerada incompleta. El centro de solicitudes cuenta con una cabina fotográfica que cumple estos requisitos y garantiza exactitud en el proceso.

Las solicitudes presentadas en el Centro de Solicitud de Visados para España se entregarán al día siguiente (laborable) en la Embajada de España o Consulado General de España. Una vez presentada la solicitud, se podrá requerir al solicitante documentación adicional. Nótese que, según las instrucciones recibidas por la Embajada de España, el plazo mínimo de tramitación será de 15 días naturales (este plazo puede sufrir retrasos de hasta 45 días en los casos que sea necesario hacer un examen más detallado de la solicitud).

Para prevenir retrasos en los plazos de tramitación, las solicitudes deben ser presentadas, por lo menos, 30 días antes de la fecha prevista para el inicio del viaje.

Los plazos de tramitación comienzan a contar a partir del día siguiente al de la entrega de la solicitud en BLS International Services.

Solicitud de Visado (en español)

Solicitud de Visado (en español e inglés)

Las solicitudes enviadas al Centro habrán de estar solamente contenidas en impresos en inglés o español.

Advertencia:

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